lunes, 1 de marzo de 2010

El BACHILLERATO


Pulsa en la imagen y accederás a una información muy completa sobre la Etapa de Bachillerato que proporciona la Consejería de Educación en su página web (Portal de Educación)

También dispones de la información que proporciona el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes de esta etapa en su página web si pulsas en esta otra imagen.

La EDUCACIÓN SECUNDARIA


Pulsa en la imagen y accederás a una información muy completa sobre la Etapa de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) que proporciona la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en su página web (Portal de Educación)

También dispones de la información que proporciona el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes de esta etapa en su página web si pulsas en esta otra imagen.




jueves, 25 de febrero de 2010

ENSEÑANZAS DEPORTIVAS

 


Las ENSEÑANZAS DEPORTIVAS tienen como finalidad:

  • Preparar al alumnado para la actividad profesional en relación con una modalidad o especialidad deportiva.
  • Facilitar su adaptación a la evolución del mundo laboral y deportivo y a la ciudadanía activa.
Pulsa en la imagen y tendrás información de la Página del MEC de todos los estudios existentes, tanto por niveles como por especialidades deportivas. Y si pulsas este enlace, tendrás información de la oferta educativa de Formación Profesional en CLM.

martes, 23 de febrero de 2010

Educación de Personas Adultas (EPA)


La Educación de Personas Adultas el conjunto de actuaciones encaminadas a ofrecer a los ciudadanos que han superado la edad máxima de escolarización obligatoria la oportunidad de enriquecer sus capacidades y habilidades, ampliar sus conocimientos y mejorar sus competencias técnico-profesionales, de manera que se favorezca su desarrollo personal , se facilite su acceso a la educación  y a los bienes culturales, aumente su bienestar y puedan participar activamente en la sociedad.
Los requisitos generales para la escolarización en los centros docentes de titularidad pública de Castilla-La Mancha que imparten educación para personas adultas son:
 
  • Tener 18 años cumplidos en el año en que comience el curso.
  • Entre los 16 años cumplidos y los 18 años, se puede acceder a estas enseñanzas siempre que se dé alguna de las siguientes circunstancias:
  1. Tener un contrato laboral que impida la asistencia a los centros educativos en régimen ordinario.
  2. Ser deportista de alto rendimiento.

Las enseñanzas ofertadas en los Centros de Educación de personas adultas (CEPAs) siguen siendo: las conducentes a titulación, como son las enseñanzas iniciales, la educación secundaria para personas adultas y el nivel básico de las enseñanzas profesionales de inglés. Además se pueden cursar programas  no formales, entre los que destacan los cursos preparatorios para las Pruebas Libres de Graduado en Educación Secundaria, para la prueba de acceso a Ciclos de Grado Medio de Formación Profesional y a la Universidad, así como otros destinados a la actualización laboral y al aprendizaje a lo largo de la vida.

En los Institutos de educación secundaria pueden cursarse las enseñanzas de bachillerato nocturno y a distancia (según autorización). 
Pulsa en la imagen si deseas más información.

lunes, 22 de febrero de 2010

Enseñanzas de Idiomas

Las Enseñanzas de idiomas de régimen especial se imparten en las Escuelas Oficiales de Idiomas y tienen como fin capacitar al alumnado para el uso del idioma.

Las Escuelas Oficiales de Idiomas son instituciones de titularidad pública, es decir dependientes del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte o de las Comunidades Autónomas, que ofrecen una enseñanza pública no universitaria para adultos.

Podéis acceder con los siguientes enlaces a toda la información necesaria en la página de la Consejería de Educación de CLM o en la página del MEC


 


Enseñanzas Artísticas

Las ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS tienen como finalidad proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar la cualificación de los futuros profesionales de la música, la danza, el arte dramático, las artes plásticas y el diseño.
                                                                                                                    

ARTES PLÁSTICAS y DISEÑO

Pueden ser  Enseñanzas Profesionales organizadas en ciclos formativos de grado medio y superior (título de Técnico y Técnico Superior) o en Enseñanzas Artísticas Superiores (título equivalente a Diplomatura o Grado). Si pulsáis en las imágenes tendréis información sobre la oferta en CLM.
Y si queréis información sobre la oferta del MECD, pulsa en el siguiente enlace: Enseñanzas artísticas de Artes Plásticas y Diseño
                                                                             



MÚSICA y DANZA                          
Ambas se organizan en Enseñanzas Elementales, Profesionales y de Grado Superior. 
Si queréis información de dichos estudios en CLM, pulsar en las imágenes (Enseñanzas Superiores de Música: Pulsa AQUÍ)
Si queréis información sobre la oferta del MECD, pulsa en los siguientes enlaces:  1. Música / 2. Danza




ARTE DRAMÁTICO
Los estudios dan lugar al Título superior de Arte Dramático equivalente a una Licenciatura o Grado. Si queréis información de dichos estudios (oferta del MECD), pulsa en la imagen. 
Y si queréis información de la oferta en CLM, pulse este enlace









CONSERVACIÓN y RESTAURACIÓN de BIENES CULTURALES

La superación de las Enseñanzas Artísticas Superiores conducirá al Título de Graduado/a en Conservación y Restauración de Bienes Culturales, en la especialidad correspondiente. Si queréis información de dichos estudios (oferta del MECD), pulsa en la imagen.


viernes, 19 de febrero de 2010

FP: Convocatoria Pruebas Libre 2010

Convocadas pruebas libres para la obtención de determinados títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

La Acción Tutorial




La Tutoría constituye un elemento inherente en la actividad docente dentro de un concepto integral de la educación. Todo profesor/a debe conseguir que su labor educativa vaya más allá de la mera instrucción o transmisión de conocimientos, ya que si el fin último de la educación es el pleno desarrollo de la persona, supone que también hay que enseñar y aprender valores, normas y actitudes que desarrollen íntegramente al alumno/a (desarrollo cognitivo, personal y social). Estas tareas educativas no son labor exclusiva de un solo profesor/a (tutor/a) sino que tiene que ser asumida por todo el equipo de profesores/as, convirtiéndose así en educadores/as y orientadores/as de sus alumnos/as.

La Tutoría está actualmente regulada por el Decreto 66/2013, de 03/09/2013, por el que se regula la atención especializada y la orientación educativa y profesional del alumnado en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y por el Decreto 40/2015, de 15/06/2015, por el que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad Autónoma de CLM.

En el Decreto 66/2013 se señala (Art. 24.1) que La orientación educativa, psicopedagógica y profesional viene a ser un principio educativo con relevancia en todas las etapas. Le corresponde a la Consejería con competencias en materia de educación la responsabilidad de velar por ésta y promover las medidas necesarias para que la tutoría personal de los alumnos y la orientación educativa, psicopedagógica y profesional constituyan un elemento fundamental en la ordenación de las diferentes etapas. Esta orientación educativa y profesional se viene desarrollando en los centros docentes a través de distintos niveles. Dicho Decreto nos marca que “…el Primer Nivel se desarrollará a través de la Tutoría coordinada por el tutor del grupo, con la colaboración de todo el profesorado”.

Finalidad y Funciones

La tutoría, como parte de la función docente, es responsabilidad de todo el profesorado de todas las etapas y niveles educativos, y tiene como finalidad contribuir a la personalización e individualización de los procesos de enseñanza y aprendizaje y las tareas de mediación entre alumnado, profesorado y familias.

Las funciones generales de la tutoría se recogen en el artículo 26, apartado 1, del Decreto 66/2013, de 03/09/2013:
  1. Informar al equipo directivo de los casos de falta de atención y los malos resultados de determinados alumnos, con el fin de iniciar la oportuna evaluación y, posteriormente, si es preciso, una escolarización e intervención adecuadas.
  2. Desarrollar con el alumnado programas relativos al impulso de la acción tutorial como la mejora de la convivencia, el proceso de enseñanza y aprendizaje y la orientación académica y profesional.
  3. Coordinar al equipo docente garantizando la coherencia y la puesta en marcha de medidas que mejoren el proceso educativo a nivel individual o grupal, informándoles de todos aquellos aspectos relevantes en el mismo.
  4. Colaborar con el resto de niveles que desarrollan la orientación especializada siguiendo las indicaciones que pueden aportar las otras estructuras, bajo la coordinación de la jefatura de estudios.
  5. Facilitar el intercambio entre el equipo docente y las familias, promoviendo la coherencia en el proceso educativo del alumno y dándole a éstas un cauce de participación reglamentario.     
  
        
              1. PAT: Pulsa en la imagen y accederás al
              PLAN de ACCIÓN TUTORIAL

         2. Los TALLERES en el PAT del Sotomayor






La Atención a la Diversidad



La Atención a la Diversidad es uno de los pilares fundamentales en la calidad de la enseñanza. Esta atención educativa recoge el conjunto de intervenciones que tienen como objetivo proporcionar a la totalidad de alumnado una educación ajustada a sus características y necesidades. La legislación vigente que actualmente la regula es:
  1. Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE)
  2. Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE)
  3. Decreto 40/2015, de 15/06/2015, por el que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad Autónoma de CLM.
  4. Decreto 66/2013, de 03/09/2013, por el que se regula la atención especializada y la orientación educativa y profesional del alumnado en la Comunidad Aut. de CLM
  5. Decreto 55/2014, de 10/07/2014, por el que se regula la Formación Profesional Básica del sistema educativo en Castilla-La Mancha.
Los principios generales que guiarán la respuesta a la diversidad del alumnado en nuestro centro se basan en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), que dedica el Título II (Equidad en la Educación) en sus Capítulos I (Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo) y II (Compensación de las desigualdades en educación) a desarrollar los principios y actuaciones fundamentales en la atención de este alumnado. La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), que plantea leves modificaciones, hace referencia a los mismos principios y señala que Las medidas de atención a la diversidad que adopte cada centro formarán parte de su proyecto educativo, de conformidad con lo que establece el artículo 121.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (artículo 17.2 del Decreto 40/2015).

1. Alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo

En el artículo 71 (LOE/LOMCE) se marcan los principios y destinatarios:
1. Las Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general en la presente Ley…
2. Corresponde a las Administraciones educativas asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, TDAH, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado.
3. Las Administraciones educativas establecerán los procedimientos y recursos precisos para identificar tempranamente las necesidades educativas específicas de los alumnos y alumnas a las que se refiere el apartado anterior. La atención integral al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo se iniciará desde el mismo momento en que dicha necesidad sea identificada y se regirá por los principios de normalización e inclusión.

2. Compensación de desigualdades en educación


En el artículo 80 (LOE/LOMCE) se marcan los principios y destinatarios:
1. Con el fin de hacer efectivo el principio de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación, las Administraciones públicas desarrollaran acciones de carácter compensatorio en relación con las personas, grupos y ámbitos territoriales que se encuentren en situaciones desfavorables y proveerán los recursos económicos y los apoyos precisos para ello.
2. Las políticas de educación compensatoria reforzarán la acción del sistema educativo de forma que se eviten desigualdades de factores sociales, económicos, culturales, geográficos, étnicos o de otra índole.




3. Legislación específica en CLM

Los principios generales también se recogen en el Decreto 66/2013, de 03/09/2013, por el que se regula la atención especializada y la orientación educativa y profesional del alumnado en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en su artículo 2.1:
1. La atención y gestión de la diversidad del alumnado se sustentará en una serie de principios clave, para cada una de las etapas educativas y con carácter general, como son: la búsqueda de la calidad y excelencia, la equidad e igualdad de oportunidades, la inclusión, la normalización, la igualdad entre géneros, la compensación educativa y la participación y cooperación de todos los agentes y sectores de la comunidad educativa.

Y el Decreto 40/2015, de 15/06/2015, por el que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, nos señala, en su artículo 7:
2. La Consejería competente en materia de educación fomentará la calidad, equidad, inclusión educativa, la igualdad de oportunidades y la no discriminación de las personas con discapacidad. Para ello, potenciará medidas de flexibilización, alternativas metodológicas, adaptaciones curriculares, accesibilidad universal, diseño universal, la atención a la diversidad; y todas aquellas medidas que sean necesarias para conseguir que el alumnado con discapacidad pueda acceder a una educación de calidad en igualdad de oportunidades.
3. La escolarización del alumnado que presenta dificultades específicas de aprendizaje se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y permanencia en el sistema educativo.

4. Objetivos

  1. Favorecer el éxito escolar e incrementar la motivación del alumnado, mediante una respuesta educativa ajustada a las necesidades de cada alumno y alumna, dentro de un marco lo más normalizado posible de los procesos de enseñanza y aprendizaje.
  2. Mejorar el clima en el que se desarrollan los procesos de enseñanza y aprendizaje en las aulas y desarrollar en los centros una cultura de convivencia y paz que permita el uso del conflicto como herramienta de crecimiento personal y social y que garantice la construcción de una escuela inclusiva, respetuosa con las opciones de los otros y abierta a otros espacios y culturas.
  3. Garantizar la incorporación y la inclusión escolar, social y, en el futuro, profesional de todo el alumnado, especialmente de aquel que se encuentra en situación de desigualdad o desventaja
  4. Establecer redes de colaboración entre instituciones y administraciones públicas para la atención de todo el alumnado que requiera su intervención.

miércoles, 17 de febrero de 2010

La Orientación Académica y Profesional


La Orientación Académica y Profesional es un proceso continuo de ayuda al alumnado en la toma de decisiones académicas y profesionales, de manera planificada y sistemática, cuyo objetivo es lograr el autoconocimiento y el conocimiento del mundo académico y laboral para realizar una elección adecuada. Este ámbito quizás sea el más representativo en la Etapa de Secundaria porque en la adolescencia se desarrolla el proceso de identidad general y se inicia el plan de inserción socio-laboral, y todo ello dentro de una gran complejidad educativa y social.

Las actuaciones contempladas corresponden al denominado POAP (Programa de Orientación Académica y Profesional), documento básico programático del Centro, elaborado por el Departamento de Orientación, en el que se recoge cómo asume el centro de Educación Secundaria las tareas de asesoramiento y orientación vocacional. Tiene como objetivo por tanto facilitar la madurez vocacional de los alumnos capacitándoles en la toma de decisiones.

El POAP contribuirá a facilitar la toma de decisiones de cada alumno/a respecto a su itinerario académico y profesional. A tal efecto incluirá:
  • Actuaciones dirigidas a que los alumnos y alumnas desarrollen las capacidades implicadas en el proceso de toma de decisiones y que conozcan y valoren de forma ajustada sus propias capacidades, motivaciones e intereses.
  • Actuaciones destinadas a facilitar información suficiente al conjunto del alumnado sobre las distintas opciones educativas o laborales relacionadas con cada etapa educativa, y de manera especial sobre aquellas que se ofrezcan en su entorno
También deberá especificar las líneas de actuación prioritarias para cada etapa, ciclo o curso que, sobre éste ámbito, deben desarrollarse en el Centro indicando:
  1. Las que deben ser incorporadas en las Programaciones Didácticas de las distintas áreas, materias o módulos. Para ello será fundamental la coordinación con los Departamentos Didácticos y con la Junta de Profesores.
  2. Las que deben integrarse en la Acción Tutorial, sobre todo en la tutoría de grupo, individual y con las familias con el fin de facilitar la participación y colaboración de éstas en el proceso de ayuda a la toma de decisiones de sus hijos e hijas. Se diferenciarán las actuaciones específicas del Departamento de Orientación y las que serán desarrolladas por los Profesores Tutores.
  3. Las que corresponde organizar y desarrollar al propio Departamento de Orientación, para mantener relación con los centros de trabajo de su entorno y fomentar su colaboración en la orientación profesional del alumnado, así como en la inserción laboral de los que opten por incorporarse al mundo de trabajo al término de la ESO, del Bachillerato o de los Ciclos Formativos de Grado Medio.
Actualmente, el POAP está regulado por la siguiente normativa:
  1. Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE)
  2. Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE)
  3. Decreto 40/2015, de 15/06/2015, por el que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad Autónoma de CLM
  4. Decreto 66/2013, de 03/09/2013, por el que se regula la atención especializada y la orientación educativa y profesional del alumnado en la Comunidad Autónoma de CLM.
  5. Y especialmente, por la Resolución de 12/01/2015, de la Dirección General de Organización, Calidad Educativa y Formación Profesional, por la que se dictan instrucciones para el Programa de Orientación Académica y Profesional del Alumnado de la Educación Secundaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Según esta última normativa, en su artículo segundo, la resolución tiene como finalidad, por un lado, establecer las condiciones para mejorar la orientación académica y profesional, que favorezca al máximo las transiciones entre los distintos niveles y etapas del sistema educativo, y, por otro, facilitar el acceso a la Formación Profesional...

Objetivos
Recogidos en la Resolución de 12/01/2015, artículo tercero, 1:
En la Programación General Anual se deben incluir, dentro de los objetivos generales fijados para el curso escolar en el ámbito de la orientación, los objetivos de orientación académica y profesional, a especificar por el Departamento de Orientación. Para conseguir estos objetivos, dicho Departamento establecerá un Programa de Orientación Académica y Profesional en el que se determinen los objetivos generales y las actuaciones concretas relativas a la orientación profesional en directa relación con el entorno socio-laboral, así como los relativos a la orientación académica.
Los objetivos generales del programa de orientación académica y profesional serán los siguientes:
  1. Facilitar el autoconocimiento del alumnado en cuanto a intereses, aptitudes, motivaciones y capacidades.
  2. Promover el conocimiento del sistema educativo, de las diversas opciones académicas y de la formación profesional.
  3. Facilitar el aprendizaje de búsqueda de información sobre sectores productivos.
  4. Recoger toda la información necesaria para que el alumnado pueda estar mejor orientado en su elección y toma de decisiones, tanto en enseñanzas académicas como profesionales.
  5. Colaborar con las familias en el análisis de la información para la orientación del alumnado.
  6. Considerar el empleo por cuenta propia como opción profesional.
  7. Promover el desarrollo de la creatividad.

Mis DOCUMENTOS


       3. Charlas informativas:
            - Charlas en 3º: 4º ESO: Hay que decidir
       4. ¿Qué asignaturas elijo?
           Cuaderno de optatividad (LOMCE)
      
   



        



Residencias de CLM

Pulsa en la imagen y accederás al enlace de la página del Portal de Educación donde tenéis la Red de Residencias Universitarias de CLM. 



E-Learnig

La Formación Profesional a distancia modalidad E-learning pretende facilitar que toda aquella persona que esté interesada en formarse a lo largo de su vida y que por razones personales o profesionales no pueda recibir dicha formación de forma presencial  pueda iniciar o continuar sus estudios utilizando las nuevas tecnologías. Pulsa en la imagen y encontrarás más información.


Oferta modular

Las enseñanzas modulares de Ciclos Formativos de Formación Profesional del sistema educativo permiten flexibilizar la oferta de las enseñanzas de formación profesional y atender a las necesidades de formación permanente de las personas adultas.
Esta oferta modular, permite a los ciudadanos una matrícula parcial en determinados ciclos formativos, pudiéndose acogerse a alguna de las dos modalidades siguientes:
a) Mediante la oferta de módulos profesionales incluidos en títulos y en los que se disponga de plazas vacantes.
b) Mediante la oferta de módulos profesionales incluidos en títulos y concretada en acuerdos específicos de formación y recualificación de trabajadores y trabajadoras entre un centro educativo y una entidad o empresa, pública o privada.
Pulsa en la imagen y encontrarás más información.


Pruebas libres de FP

La Consejería de Educación y Ciencia convoca pruebas libres para la obtención de determinados títulos de técnico o técnico superior de Formación profesional Específica. Su finalidad es hacer accesible la Formación Profesional Reglada a los ciudadanos que, por razón de sus circunstancias laborales, desplazamientos, circunstancias familiares u otras causas no puedan asistir regularmente a los centros docentes.
Pulsa en la imagen y encontrarás más información.


El Orienta

Programa ORIENTA 2010. Ya tenéis la nueva versión de este programa, muy recomendable para obtener una primera información rápida y sencilla de aquellos estudios por los que estés interesado. Recordar que podéis descargarlo en los enlaces de la derecha, en el apartado Material ("Bajar el orienta del curso")