La Tutoría
constituye un elemento inherente en la actividad docente dentro de un concepto
integral de la educación. Todo profesor/a debe conseguir que su labor educativa
vaya más allá de la mera instrucción o transmisión de conocimientos, ya que si
el fin último de la educación es el pleno desarrollo de la persona, supone que
también hay que enseñar y aprender valores, normas y actitudes que desarrollen
íntegramente al alumno/a (desarrollo cognitivo, personal y social). Estas
tareas educativas no son labor exclusiva de un solo profesor/a (tutor/a) sino
que tiene que ser asumida por todo el equipo de profesores/as, convirtiéndose
así en educadores/as y orientadores/as de sus alumnos/as.
La Tutoría está
actualmente regulada por el Decreto
66/2013, de 03/09/2013, por el
que se regula la atención especializada y la orientación educativa y profesional del
alumnado en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y por el Decreto 40/2015, de 15/06/2015,
por el que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y
Bachillerato en la Comunidad Autónoma de CLM.
En el Decreto 66/2013 se señala (Art. 24.1)
que La orientación educativa,
psicopedagógica y profesional viene a ser un principio educativo con relevancia
en todas las etapas. Le corresponde a la Consejería con competencias en materia
de educación la responsabilidad de velar por ésta y promover las medidas necesarias
para que la tutoría personal de los
alumnos y la orientación educativa, psicopedagógica y profesional constituyan
un elemento fundamental en la ordenación de las diferentes etapas. Esta
orientación educativa y profesional se viene desarrollando en los centros
docentes a través de distintos niveles. Dicho Decreto nos marca que “…el Primer Nivel se desarrollará a través
de la Tutoría coordinada por el tutor del grupo, con la colaboración de todo el
profesorado”.
Finalidad y Funciones
La tutoría, como parte de la función docente,
es responsabilidad de todo el profesorado de todas las etapas y niveles
educativos, y tiene como finalidad
contribuir a la personalización e individualización de los procesos de
enseñanza y aprendizaje y las tareas de mediación entre alumnado, profesorado y
familias.
Las funciones
generales de la tutoría se recogen en el artículo 26, apartado 1, del Decreto
66/2013, de 03/09/2013:
- Informar al equipo directivo de los casos de falta de atención y los malos resultados de determinados alumnos, con el fin de iniciar la oportuna evaluación y, posteriormente, si es preciso, una escolarización e intervención adecuadas.
- Desarrollar con el alumnado programas relativos al impulso de la acción tutorial como la mejora de la convivencia, el proceso de enseñanza y aprendizaje y la orientación académica y profesional.
- Coordinar al equipo docente garantizando la coherencia y la puesta en marcha de medidas que mejoren el proceso educativo a nivel individual o grupal, informándoles de todos aquellos aspectos relevantes en el mismo.
- Colaborar con el resto de niveles que desarrollan la orientación especializada siguiendo las indicaciones que pueden aportar las otras estructuras, bajo la coordinación de la jefatura de estudios.
- Facilitar el intercambio entre el equipo docente y las familias, promoviendo la coherencia en el proceso educativo del alumno y dándole a éstas un cauce de participación reglamentario.
1. PAT: Pulsa en la imagen y accederás al
PLAN de ACCIÓN TUTORIAL
2. Los TALLERES en el PAT del Sotomayor
PLAN de ACCIÓN TUTORIAL
2. Los TALLERES en el PAT del Sotomayor