martes, 23 de febrero de 2010

Educación de Personas Adultas (EPA)


La Educación de Personas Adultas el conjunto de actuaciones encaminadas a ofrecer a los ciudadanos que han superado la edad máxima de escolarización obligatoria la oportunidad de enriquecer sus capacidades y habilidades, ampliar sus conocimientos y mejorar sus competencias técnico-profesionales, de manera que se favorezca su desarrollo personal , se facilite su acceso a la educación  y a los bienes culturales, aumente su bienestar y puedan participar activamente en la sociedad.
Los requisitos generales para la escolarización en los centros docentes de titularidad pública de Castilla-La Mancha que imparten educación para personas adultas son:
 
  • Tener 18 años cumplidos en el año en que comience el curso.
  • Entre los 16 años cumplidos y los 18 años, se puede acceder a estas enseñanzas siempre que se dé alguna de las siguientes circunstancias:
  1. Tener un contrato laboral que impida la asistencia a los centros educativos en régimen ordinario.
  2. Ser deportista de alto rendimiento.

Las enseñanzas ofertadas en los Centros de Educación de personas adultas (CEPAs) siguen siendo: las conducentes a titulación, como son las enseñanzas iniciales, la educación secundaria para personas adultas y el nivel básico de las enseñanzas profesionales de inglés. Además se pueden cursar programas  no formales, entre los que destacan los cursos preparatorios para las Pruebas Libres de Graduado en Educación Secundaria, para la prueba de acceso a Ciclos de Grado Medio de Formación Profesional y a la Universidad, así como otros destinados a la actualización laboral y al aprendizaje a lo largo de la vida.

En los Institutos de educación secundaria pueden cursarse las enseñanzas de bachillerato nocturno y a distancia (según autorización). 
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